Para la oficina de Horas y Salarios del Departamento del Trabajo Federal prácticamente todos los trabajadores son empleados. Esto es una advertencia a los que emplean un contratista independiente; y es que el gobierno federal está implantando una iniciativa para enfrentar la creciente clasificación equivocada de empleados como contratistas. El Departamento ha dejado clara su posición en el aviso 2015-1 emitido el 15 de julio de 2015.
Para un análisis detallado de la presunción legal de contratista independiente bajo la Reforma Laboral de Puerto Rico, consulte nuestra guía sobre contratistas independientes.
El Departamento considera la clasificación equivocada uno de los problemas más serios que afectan trabajadores y patronos y la economía:
Misclassified employees often are denied access to critical benefits and protections to which they are entitled, such as the minimum wage, overtime compensation, family and medical leave, unemployment insurance, and safe workplaces. Employee misclassification generates substantial losses to the federal government and state governments in the form of lower tax revenues, as well as to state unemployment insurance and workers’ compensation funds. It hurts taxpayers and undermines the economy.
El Departamento del Trabajo Federal define a un empleado de la manera más amplia posible aplicando la interpretación histórica del análisis conocido como el ‘economic realities test’. En Puerto Rico, esta prueba fue rechazada por la Reforma Laboral de 2017, para propósitos de la ley local.
El Departamento utiliza una lista de factores para llegar a la cuestión última que es determinar la realidad económica de ambas partes. Esto nos lleva a concluir si el empleado está en negocio por cuenta propia – y por ende un contratista independiente- o si por el contrario depende económicamente en el patrono y por lo tanto es un empleado.
Los factores a considerar para determinar si un contratista independiente es un empleado son los siguientes:
- ¿Es el trabajo una parte integral del negocio del patrono? En este caso, la relación se asemejaría a la de un empleado. Por ejemplo, si el negocio es vender trajes a la medida, sería una actividad integral a la operación el trabajo que realiza la persona(s) que confeccionan las piezas para la venta.
- ¿Afectan las destrezas gerenciales del trabajador en su oportunidad para generar una ganancia o pérdida? Un trabajador en negocio por cuenta propia se enfrenta a la posibilidad de no sólo obtener un beneficio, sino también experimentar una pérdida. Por ejemplo, las decisiones de contratar a otras personas, materiales y equipos de compra, publicidad, alquiler de espacio, son representativas de habilidades directivas que afectarán el nivel de ganancia o pérdida.
- ¿Cómo compara la inversión del trabajador con la del patrono? El trabajador debe hacer alguna inversión (y, por tanto, llevar a cabo al menos un cierto riesgo de una pérdida) con el fin de que haya una indicación de que él o ella es un negocio independiente; y es que un contratista independiente normalmente realiza inversiones para impulsar un negocio más allá de cualquier trabajo en particular.
- ¿Requiere el trabajo realizado destreza e iniciativa especial? Las habilidades de negocios de un trabajador, su juicio, e iniciativa, no sus habilidades técnicas, ayudarán a determinar si el trabajador es económicamente independiente. El uso de destrezas especiales de por si no es indicativo de que una persona es un contratista independiente particularmente si esas destrezas no se usan de manera independiente.
- ¿Es la relación entre el trabajador y el patrono una permanente o indefinida? La mayoría de los trabajadores están contratados con carácter permanente o indefinido. Permanencia sugiere que el trabajador es un empleado. El que trabaja por cuenta propia evita relaciones permanentes que fomentan la dependencia en un solo cliente. No obstante hay situaciones donde no existe dependencia pero eso de por si no es indicativo de un contratista independiente debido a la naturaleza de la industria (ejemplo- los llamados trabajos que llevan a cabo por temporadas).
- ¿Cuál es la naturaleza o grado de control del patrono? El trabajador debe controlar los aspectos significativos de la obra realizada de tal manera que es posible ver al trabajador como una persona que conduce su propio negocio.
Los factores deben ser utilizados como guías para responder a esa pregunta final de la dependencia económica; ninguno, incluyendo el control, debe predominar en el análisis. Se deben considerar a la luz de la determinación final de si el trabajador es realmente en el negocio por sí mismo (y por lo tanto es un contratista independiente) o depende económicamente del empresario (y por lo tanto es su empleado).
Durante el año fiscal 2014 Investigaciones del Departamento del Trabajo Federal resultaron en más de 79 millones de dólares en paga retroactiva para más de 109,000 trabajadores en los Estados Unidos, incluyendo Puerto Rico.
El patrono que no crea que el gobierno federal está activo en Puerto Rico en el asunto de horas y salarios solo tiene que referirse a la reclamación reciente- Perez v. Alpha Guards Management Inc., Jorge Morales, Lorenzo Morales and Adina Lebron Civil Action Number: 15-cv-1381-reclamando al patrono cerca de $350,000 en salarios y daños.
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Robert Alex Fleming is a corporate and trial attorney with over 35 years of experience advising and representing clients in Puerto Rico. He leads Fleming Law Offices, LLC, where his practice is informed by decades of experience in commercial matters, litigation, governance, and dispute resolution. Mr. Fleming is admitted to practice before the courts of Puerto Rico, several federal courts, and the state courts of New York and Texas. He holds an LL.M. in Commercial Law and an MBA from the Kelley School of Business at Indiana University.
- Robert Alex Fleming, Lead Attorney at Fleming Law Offices, LLC
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