El reciente caso de Whittemburg v. Iglesia Católica, 2011 TSPR 137 reseña el problema persistente de patronos que piensan que con redactar un contrato de servicios profesionales, automáticamente convierten un empleado en contratista independiente. El caso involucra a un maestro de una escuela que – aunque era empleado, lo tenían trabajando con un contrato de servicios profesionales que se vencía y se renovaba cada cierto tiempo. El Supremo resolvió que el contrato no era valido y que la verdadera relación era una de patrono-empleado a tiempo indeterminado; en otras palabras que era un empleado regular.
Este asunto de quien es independiente, temporero y probatorio está bien decidido en los tribunales. Cualquier abogado laboral experimentado le puede decir a una empresa en que circunstancias un empleo probatorio es válido; cuándo se puede hacer un contrato temporero; como redactar estos contratos y que cosas hay que tomar en cuenta; qué es un contratista independiente y como estructurar la relación para que sea realmente independiente; si es que se puede. A pesar de estos recursos a su disposición, muchas empresas seguirán contratando empleados con despreocupación; sus jefes pensando que son más listos que nadie o ilusos, usarán un contrato enlatado pensando que nada pasará; y seguirán lloviendo las demandas.
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