Accidentes y responsabilidad
En Puerto Rico las personas responden por los daños que le causan a otra. Así lo establece el Artículo 1536 del nuevo Código Civil de Puerto Rico, que entró en vigor el 28 de noviembre de 2020, el cual establece que la persona que por culpa o negligencia causa daño a otra, viene obligada a repararlo. El Artículo 1802 del Código Civil anterior era distinto. Disponía que la persona que por su acción u omisión…