En abril 8 del 2013, se presentó una demanda en el tribunal federal del distrito de Puerto Rico contra la Policía de Puerto Rico y seis oficiales. El demandante es un policía que alega ser ateo y que fue hostigado y rebajado de puesto luego que rehusara participar en oraciones cristianas que eran parte de las reuniones de un comandante. La demanda alega que la Primera enmienda de la constitución de los Estados Unidos las leyes de Puerto Rico prohíbe el proselitismo (actividades para incorporar personas a una religión), auspiciar oraciones oficiales, discriminar de cualquier manera por razón de religión; o que supervisores tomen represalias contra aquellos que objetan estas practicas.
Según la demanda, cuando los supervisores toma estas acciones inconstitucionales, ellos indoctrinan a los oficiales a su cargo y los obligan a escuchar mensajes religiosos; creando un ambiente tenso y hostil que afecta a la comunidad en general enviando un mensaje divisivo de favoritismo religioso para aquellos que se adhieren a la fe preferida de sus supervisores.
El demandante alega ser abiertamente un ateo y no se sujeta a la fe cristiana u otra doctrina religiosa; que valora su derecho a no adoptar creencias religiosas igual que otros valoran su derecho a seguir una fe particular. Alega además sentirse ofendido por las practicas religiosas en la Policía porque promueven creencias políticas que no está de acuerdo y porque son coercitivas y lo presionan a participar en oración y cultos de adoración.
El demandante relata un incidente en marzo de 2012 donde el Comandante del Área de Carolina reunió a 40 efectivos en un estacionamiento para realizar una intervención en el área. Todos estaban en formación militar y al final de la reunión, el comandante solicitó un voluntario para cerrar la misma con una oración. En ese momento el demandante se le acercó al Comandante y le indicó que objetaba esas oraciones oficiales porque promovían creencias religiosas que no compartía y que esto violaba la reglamentación del Departamento que requería mantener la separación de iglesia y estado. El demandante agregó que se sentía bien incomodo participando en la organización y no quería participar; lo cual relate el demandante causo que el Comandante se molestara y ordenara al demandante a abandonar la formación. Mientras se iba, el Comandante gritó que esperara a que terminaran la oración y luego exclamó en vo alta al grupo que el demandante estaba a parte de la formación porque no creía en lo que los demás creían.
Como remedio el demandante solicitó además de daños por angustias mentales, un injunction o interdicto permanente para prohibir a la Policia a obligar sus oficiales a participar en oración u otras actividades similares; a requerirles establecer políticas y procedimientos que protejan los derechos reclamados y restablecer las funciones del policía afectado. Además requirió el demandante que se le impusieran daños punitivos a los policías responsables en su carácter personal por sus actos deliberadamente maliciosos y deliberada indiferencia hacia el demandante
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